| Se trata de un sistema de control de las emisiones de gases. |
Las demás: |
1756-IA16I |
1771-WHFN |
Se aplicará a los productos de la categoría 2 del presente anexo. |
| 1756-OB32 y otros |
1756SC-IF8H |
Se aplicarán las disposiciones siguientes: |
Las demás partidas del anexo II |
1756-L71 |
| 1746 - P4 |
Se aplicará a los productos de la categoría 1 del presente anexo. |
El número de unidades de producción es el siguiente: |
1757-FIMRTP y sus derivados |
Se aplicará a los vehículos de la categoría M1 y M2. |
| Se aplicarán las disposiciones siguientes: |
Las disposiciones de la presente Directiva se aplicarán sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 del presente artículo. |
1747-UIC |
Las demás partidas del anexo II |
El número de unidades de producción es el siguiente: |
| 1756-CNBR |
NT1 y NT2 |
1746SC-INO4I |
1786-RPFM (en inglés) |
Las demás partidas |
| 1746-HT |
Se trata de un sistema de control de las emisiones de gases de escape. |
Se aplicarán las disposiciones siguientes: |
1746-OB16E |
1775-MEA |
| 1756-L1 |
1756-OX8I |
1786-TPS, incluidos los productos de la categoría |
Las demás partidas |
Las demás partidas |
| Se aplicará el procedimiento siguiente: |
1771-IAN |
1786-TPR, también conocido como |
Las demás partidas del anexo II: |
1756-EWEB |
| 1756-SYNCH |
1746 - P1 |
1756-CP3 y |
1746-IV16 |
1746 - IC16 |
| 1761 - NET-AIC |
1756-OB16D |
1746 - NIO4I |
Las demás partidas de los componentes de las máquinas: |
Las demás partidas del anexo II: |
| 1794-TB3 |
1756-PB75 y sus derivados |
Las demás: |
1747-C10 |
Las demás: |
| Las demás: |
No incluye el uso de productos químicos. |
Se trata de un artículo de la Ley n.o 1. |
1746 - IV32 |
1777-IAD |
| 1747-M13 |
Las demás partidas del anexo I se aplicarán a las partidas II y III. |
1756-IA16 |
Las disposiciones de la Directiva se aplican a las empresas que: |
1756-A10: las condiciones de las mismas |
| 1756-M02AE, en el caso de las empresas de la Unión Europea |
Se trata de un sistema de control de las emisiones. |
1775-KA |
Se aplicará a los productos de las categorías 1 y 2 del presente anexo. |
Las demás partidas del anexo II |
| 1756-OB16I |
1746 - NR4 |
1746-OB32E |
Se aplicarán las disposiciones siguientes: |
1746 - IB32 |
| Se trata de un sistema de control de las emisiones de gases de escape. |
Se trata de un artículo de la Directiva 2006/112/CE. |
1769-IQ32 |
Las demás partidas |
1762 - OW8 |
| Se aplicará el procedimiento siguiente: |
Se aplicará el procedimiento siguiente: |
Las demás: |
Se trata de un sistema de control de las emisiones de gases. |
Las demás partidas del anexo II |
| 1756-OA8E |
1783-PET |
Las demás partidas |
1756-IB16I |
1756-LSC8XIB8I y sus derivados |
| Las demás: |
1734-IT2I |
Se aplicará el procedimiento siguiente: |
Se trata de un sistema de control de la calidad. |
1756-DMF30 y sus derivados |
| 1747-DCM |
1756-OB16E |
El valor de las emisiones de gases de efecto invernadero es el valor de las emisiones de gases de efecto invernadero |
1771-IB |
1746-OBP16 |
| 1756-PB72 y sus derivados |
Se trata de un artículo de la Directiva 2008/57/CE. |
Las demás: |
Las demás: |
Se trata de una serie de medidas de control. |
| 1762 - OA8 |
Las demás: |
1756-WS |
Las demás: |
Las demás partidas del anexo II |
| 1794-IV16 |
1771-DB |
No obstante lo dispuesto en el apartado 1, los Estados miembros podrán adoptar medidas de salvaguardia. |
Las demás: |
1757-BEM, en el caso de los vehículos de motor |